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proceso:REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de las Finanzas Públicas Al contestar refiérase al oficio Nº 8924 17 de junio, 2021 DFOE-FIP-0036 Señora Yanina Chaverri Rosales Alcaldesa MUNICIPALIDAD DE OSA lbran@munideosa.go.cr ychaverri@munideosa.go.cr Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio sobre la regulación del pago de viáticos por concepto taxi y aplicación del artículo 22 del Reglamento de Gastos de Viaje y transporte para los funcionarios públicos. Damos respuesta a su nota N° DAM-394-2021, del 6 de mayo de 2020 y recibida para efectos legales en esta Contraloría el 7 de mayo, por la cual se consulta la aplicación del artículo 22 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. I. Motivo de la consulta En su nota, la señora Alcaldesa, formula dos preguntas puntuales: 1) ¿Ante la ausencia de reglamento interno que regule el tema del pago de viáticos específicamente taxi, es improcedente el pago por concepto taxi? 2) Le aplica el artículo 22 del reglamento de Gastos de Viaje y transporte para los funcionarios públicos a los funcionarios de la Municipalidad? Finaliza informando que se adjunta Criterio Jurídico CR-PSJ-34-2021 del 05 de mayo del 2021, el cual corresponde al criterio del Departamento Servicios Jurídicos, el cual concluye que “...el concepto del pago por concepto de transporte taxi únicamente procede si se encuentra regulado por la administración …” y que el artículo 22 de marras, sí es de aplicación para el sector municipal. II. Criterio de esta Contraloría En primer término, señalamos que el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, se encuentra regulado en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley N° 7428 del 4 de setiembre de 1994) y el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (Resolución N° R-DC-197-2011), publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 244 del 20 de diciemb ...
Fecha publicación: 21/06/2021
Fecha emisión: 17/06/2021
Institución: MUNICIPALIDAD DE OSA
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de las Finanzas Públicas
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº15402 8 de diciembre, 2017 DFOE-SAF-0649 Señor Édgar Rojas Rojas Subdirector Ejecutivo INSTITUTO DEL CAFÉ Estimado señor: Asunto: Solicitud de autorización especial para el reconocimiento de gastos por concepto de transporte o kilometraje a los delegados del Congreso Nacional Cafetalero. Damos respuesta a su nota N° DEJ/1392/2017 fechada 17 de noviembre de 2017 y recibida el mismo día en esta Contraloría, bajo el número de ingreso N° 29.841-2017, por la cual interpone solicitud de autorización especial con base en el artículo 53 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos (el Reglamento), para el reconocimiento de gastos de transporte o kilometraje a los delegados del Congreso Nacional Cafetalero. Transcribe en su nota el artículo 53 del Reglamento e indica que motiva su petición ante la necesidad de contar con la participación en pleno de los miembros Delegados del Congreso Nacional Cafetalero; órgano que conforme lo establece el artículo 109 de la Ley Sobre el Régimen de Relaciones entre Productores, Beneficiadores y Exportadores de Café N°2762, se reconoce como el órgano superior de dirección y administración del Instituto del Café de Costa Rica (ICAFÉ) y que tiene carácter permanente, acota que tales Delegados son nombrados por períodos de dos años y se reúnen por disposición de ley ordinariamente, el primer domingo del mes de diciembre de cada año y extraordinariamente, cuando lo acuerde la Junta Directiva del ICAFÉ o cuando lo solicite, mediante documento firmado, por lo menos un veinticinco por ciento (25%) de los Delegado ...
Fecha publicación: 10/12/2017
Fecha emisión: 07/12/2017
Institución: INSTITUTO DEL CAFE DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2017


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Al contestar refiérase al oficio Nº13177 2 de noviembre, 2017 DFOE-SAF-0584 Señores Unidad Técnica y Maquinaria Municipal Municipalidad de Santa Cruz Estimados señores: Asunto: Solicitud de información sobre procedimiento para reducción de pago de viáticos. Damos respuesta a su nota sin número de oficio fechada 18 de octubre de 2017 y recibida en esta Contraloría el 19 de octubre de igual año, bajo el número de ingreso N° 26384-2017. Manifiestan en su nota que hace unos meses, la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal y maquinaria municipal, recibió una directriz directamente de la Alcaldía Municipal de la Municipalidad de Santa Cruz, donde les informan que a partir del 24 de agosto del año en curso, se baja el monto de los viáticos de 5150 a 3200. Acotan que según la Alcadesa, esa medida se adopta porque el departamento ambiental municipal carece de presupuesto y se hace la directriz general para todos los departamentos (incluidos ellos), a pesar que su Unidad si tiene el contenido presupuestario necesario para cubrir el monto de 5150 colones, establecido en la tabla de la Contraloría. Adicionan que la Municipalidad de Santa Cruz, no tiene un reglamento de viáticos y transportes, por lo tanto, siempre han manejado el monto que la Contraloría establece como 5150 colones. Agregan que el Concejo Municipal, el día 10 de octubre anterior, tomó un acuerdo, que dice textualmente: “EN vista de que la decisión de la señora alcaldesa de bajar el monto de viáticos a los empleados Municipales es discriminatoria, y no es competencia de la alcaldía municipal, sino del Concejo Municipal, por ser un tema Presupuestario y este solo podría ser cambiado mediante un reglamento Interno Municipal aprobado por este concejo municipal. Solicitamos: Que se mantenga el mont ...
Fecha publicación: 04/11/2017
Fecha emisión: 01/11/2017
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2017


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 9300 23 de agosto, 2017 DFOE-SAF-0428 Señora Ann Mc Kinley Meza Presidenta Ejecutiva JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA (JAPDEVA) Estimada señora: Asunto: Solicitud de autorización del sistema de arrendamiento de vehículos, pago de kilometraje, propiedad de funcionarios de JAPDEVA. Me refiero a su oficio N° PEL-585-201 recibido el 1 de agosto de 2017, por medio del cual nos remite para autorización el Reglamento para el Arrendamiento de Vehículos propiedad de funcionarios de JAPDEVA, así como del estudio de costo/beneficio por el cual se escoge esta opción de arrendamiento de servicio de transporte y pago de kilometraje. Conforme lo hemos apuntado en solicitudes semejantes a esta, la competencia de esta Contraloría General se circunscribe y limita, a autorizar la aplicación del sistema para el arrendamiento de vehículos propiedad de los funcionarios de las entidades públicas, no así, la aprobación o refrendo de los respectivos reglamentos o estudios que al efecto se elaboren, y en ese sentido se entra a proceder. En ese sentido, el artículo 139, inciso l del reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, dispone: “Artículo 139.-Objetos de naturaleza o circunstancia concurrente incompatibles con el concurso. (l) Arrendamiento de vehículos de los funcionarios “El arrendamiento de los vehículos de los funcionarios de la Administración, cuando para el cumplimiento de sus funciones deban desplazarse, y resulte más económico y razonable, que se pague un precio por la utilización de dichos vehíc ...
Fecha publicación: 20/08/2017
Fecha emisión: 17/08/2017
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2017


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 8927 14 de agosto, 2017 DFOE-SAF-0404 Señor Wálter Ardón Retana Ejecutor Judicial S. D. Estimado señor: Asunto: Solicitud de respuesta sobre la fijación de viáticos para los auxiliares ejecutores. Damos respuesta a su carta sin número del 26 de julio de 2017, en la cual manifiesta que en diez años de prestar sus servicios profesionales, en condición de ejecutor judicial, nunca se le han pagado los viáticos. Añade que el problema es que la Dirección Ejecutiva, los jueces y el consejo superior, no tienen idea de cómo funcionan. Por ejemplo, ¿cuándo se pagan los viáticos?, si es al inicio de la labor o al final. Por ejemplo si él debe hacer un trabajo en Sierpe, saliendo de San José, ¿cuándo se le pagan? Saliendo de San José para hacer una labor en Puriscal, ¿tiene derecho a los viáticos? ¿Qué horario cubren los viáticos? Desayuno, almuerzo, café a las tres y cena, ¿cómo funcionan los horarios? Afirma que los jueces dicen que los horarios son problema entre las partes, que no es un problema de ellos. La Dirección Ejecutiva dice que son los jueces. El Consejo Superior dice que el ejecutor tiene derecho a los viáticos, que ha señalado la Contraloría para los empleados públicos. Y para terminar, manifiesta que nadie les paga los viáticos y si cobra más de los honorarios, los reportan. Termina manifestando que presenta esta nota, de conformidad con el artículo 27 de nuestra Constitución Política. I. Criterio de este Despacho. Encuentra esta Contraloría, que en el pasado, ya se refirió a una pretensión similar del señor Ardón, en su carácter de ejecutor j ...
Fecha publicación: 07/08/2017
Fecha emisión: 04/08/2017
Institución: PARTICULAR
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2017
Tesauro: Ley 3662. Ambito de aplicacion


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 7225 6 de julio, 2017 DFOE-SAF-0309 Señora Natalia Camacho Monge Directora Ejecutiva CONSEJO NACIONAL DE LA PERSONA JOVEN Estimada señora: Asunto: Solicitud de autorización para el reconocimiento de viáticos a las personas jóvenes que participan de las sesiones de la Asamblea de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven, con base en el artículo 53 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos. Damos respuesta a su oficio CPJ-DE-397-2017 recibido el 21 de junio de 2017, por la cual solicita la autorización especial contenida en el artículo 53 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos, para sufragar los gastos de las personas jóvenes que participan de las sesiones de Asamblea de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven. I. Motivo de la consulta Informa en su nota, que parte de la labor que realiza la Dirección Ejecutiva del Consejo de Política Pública de la Persona Joven (CPJ), se encuentra estipulada en el artículo 18 de la Ley General de la Persona Joven, inciso c, “Proponer el funcionamiento administrativo del Sistema Nacional de Juventud y garantizar su efectiva gestión”. Una de las instancias del Sistema Nacional de Juventud es la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven, la cual a su vez conforma la Asamblea de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven según se establece en el artículo 27 de la misma ley. Agrega que la Asamblea de la Red Nacional Consultiva de la Persona Joven es un órgano colegiado y máximo representante de esa Red. Dicha Asamblea además (se ...
Fecha publicación: 29/06/2017
Fecha emisión: 26/06/2017
Institución: CONSEJO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA DE LA PERSONA JOVEN
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2017
Tesauro: Autorizaciones especiales, Ley 3662. Ambito de aplicacion, Sujetos beneficiarios. Excepciones


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 7124 6 de julio, 2017 DFOE-SAF-0305 Señor Marco Villalobos Díaz Presidente Junta de Educación ESCUELA ARTURO GARCÍA GOLCHER Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la presupuestación de los gastos de viáticos dentro del presupuesto ordinario de la Junta de Educación de la Escuela Arturo García Golcher, Chomes, Puntarenas. Damos respuesta a su oficio N° JDE-AGG0017-2017 del 9 de junio de 2017, por el cual pide nuestro criterio legal sobre si una Junta de Educación o Junta Administrativa, puede presupuestar sus viáticos de cualquiera de sus fuentes de financiamiento como gastos operativos y si pueden solicitar adelanto de viáticos para que tengan el contenido económico para hacerle frente a las acciones que van a realizar. I. Motivo de la consulta: Manifiesta el señor Villalobos que la posición del Ministerio de Educación, es que solamente se puede presupuestar viáticos de los recursos propios adquiridos por la Junta de Educación o Junta Administrativa y que no se realizan adelantos, que el miembro de Junta debe aportar los viáticos y que después se les reintegra. Agrega que no está de acuerdo con ese criterio del Ministerio. Cree que como funcionarios públicos tienen los mismos derechos y deberes que la ley les da. Acota, que no ha encontrado en ningún artículo de la ley, en donde se estipule que no se pueda, además del Manual Presupuestario del 2010 del Ministerio de Educación Pública. Añade que si el derecho a viáticos es un reconocimiento que la administración le concede a sus subalternos, para que puedan ejercer su cargo fuera de su perím ...
Fecha publicación: 25/06/2017
Fecha emisión: 22/06/2017
Institución: JUNTA EDUCACION ESCUELA ARTURO GARCIA GOLCHER
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2017
Tesauro: Ley 3662. Ambito de aplicacion


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 6207 02 de junio, 2017 DFOE-SAF-0273 Señor Keylor López Rodríguez Presidente Junta Directiva CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONAPDIS) San José Estimado señor: Asunto: Autorización de reconocimiento de gastos de viáticos a un asistente personal que brindará un servicio de apoyo, de acuerdo a la Ley N° 7600 “Ley de Igualdad de Oportunidades para personas con discapacidad”, en la “Décima Conferencia de Estados Partes de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad.” Damos respuesta a su oficio N° JD-058-05-2017 recibido en esta Contraloría el 26 de mayo de 2017, mediante el cual solicita con base en el artículo 53 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos (el Reglamento en lo sucesivo), la autorización especial de esta Contraloría General de la República para que el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS), cubra el costo del viaje del señor Ronny Alberto Camacho Mondragón, en su condición de acompañante personal de la señora Damaris Solano Murillo, como representante oficial para asistir a la Décima Conferencia de Estados Partes de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad, a realizarse en Nueva York, Estados Unidos de América, del 13 al 16 de junio de 2017. I. Motivo de la consulta En la consulta planteada se indica que en Sesión Ordinaria número 62 del 25 de mayo del 2017, la Junta Directiva del CONAPDIS tomó el acuerdo firme N° JD-507-20171, por el cual se nombró a la señora Damaris Solano Murillo, como representante oficial para asistir a la Décima Conferencia de Est ...
Fecha publicación: 04/06/2017
Fecha emisión: 01/06/2017
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONAPDIS)
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2017
Tesauro: Autorizaciones especiales, Sujetos beneficiarios. Excepciones


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Al contestar refiérase al oficio Nº 5905 25 de mayo, 2017 DFOE-SAF-0263 Señor Keylor López Rodríguez Presidente Junta Directiva CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONAPDIS) San José Estimado señor: Asunto: Autorización de reconocimiento de gastos de viáticos a un asistente personal para participar en el “V Seminario sobre Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad”, a celebrarse en Montevideo, Uruguay del 12 al 16 de junio de 2017. Damos respuesta a su oficio N° JD-055-05-2017 del 18 de mayo de 2017, mediante el cual informa que en Sesión Extraordinaria Número 61, celebrada el jueves 18 de mayo de 2017, la Junta Directiva del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS), tomó el acuerdo firme JD-502-20171, por medio del cual se nombró al señor Erick Chacón Valerio como delegado al “V Seminario sobre Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad”, que se realizará en Montevideo, Uruguay del 12 al 16 de junio de este año. Agrega en su nota que el señor Chacón Valerio es una persona con discapacidad ciega y que para garantizar su participación en igualdad de condiciones, requiere del apoyo de un asistente personal, por lo que ha designado al señor Giovanni Gerardo Chacón Valerio, cédula de identidad número 1-0680-0590 para que le brinde dicha asistencia. Refiere además que la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad N° 7600, estipula: “Artículo 5. Las instituciones públicas y las privadas de servicio público deberán proveer, a las personas con discapacidad, los servicios de apoyo y las ayudas técnicas requeridos para garantizar el ejercicio de sus derechos y deberes”. En ese mismo sentido, el ordinal 23 del citado cuerpo normativo: “Artículo 23. El Estado garantizará a las personas con discapacidad, tanto e ...
Fecha publicación: 27/05/2017
Fecha emisión: 24/05/2017
Institución: CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONAPDIS)
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2017
Tesauro: Autorizaciones especiales


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización del Sistema de Administración Financiera de la República Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 4115 06 de abril, 2017 DFOE-SAF-0205 Señora Laura Obando Villegas Directora Ejecutiva Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) San José lobando@ifam.go.cr lusanchez@ifam.go.cr Estimada señora: Asunto: Autorización de compra de boletos aéreos y viáticos fuera del país para Alcaldes de la Región Brunca, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos. Damos respuesta a su oficio N° DE-447-2017 del 24 de marzo de 2017. Explica que dentro de las funciones asignadas por la Ley N° 4716 al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), se encuentran brindar asesoría técnica reembolsable y no reembolsable y dar capacitación a todo el régimen municipal del país. Comenta que la institución elabora y ejecuta programas de capacitación para todo tipo de funcionarios municipales, desde autoridades administrativas, alcalde, vicealcalde, hasta el Concejo Municipal y su Ley de creación no restringe la capacitación al interior del país, pudiendo ser al exterior. Es por eso, que estiman necesario consultar sobre el trámite a seguir o bien solicitar la respectiva autorización del ente Contralor para que cinco Alcaldes participen de un congreso internacional y reuniones específicas sobre un tema que resulta trascendental para la Región Sur a la que pertenecen así como para el país en general. Refiere que la Región Brunca vive una situación alarmante con respecto a su sistema de gestión de residuos, toda vez que cuatro de los cinco sitios de disposición final cuentan con órdenes sanitarias emitidas por el ...
Fecha publicación: 08/04/2017
Fecha emisión: 05/04/2017
Institución: INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL (IFAM)
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS
Año: 2017
Tesauro: Sujetos beneficiarios. Excepciones, Autorizaciones especiales, Ley 3662. Ambito de aplicacion